¿Estás en situación de paro o sin ingresos? Entonces te interesará conocer el programa SOIB ayuda 420 euros. Este está dirigido a personas sin empleo que cumplen con ciertas condiciones. Sin duda, esta ayuda puede ser la que necesites para salir adelante si estás en una situación crítica, igual que la ayuda de 300 euros o la de 600 euros.
En las siguientes líneas te mostramos todo lo que necesitas saber sobre la ayuda PAE y puedas aprovecharla si cumples con los requisitos. Igualmente, te enseñamos qué otras ayudas están disponibles para personas desempleadas.
¿Qué es la ayuda de 420 del SOIB?
Se trata de una ayuda no contributiva que el Consejo de Ministros aprobó para aquellos trabajadores en paro que no tienen ingresos. Es para aquellos que tras años de búsqueda de empleo han agotado sus prestaciones. Asimismo, es aplicable si el trabajador desempleado no dispone de ingresos que superen el 75% del salario mínimo (SMI).
Este programa también es conocido como PAE (Programa de Activación de empleo). Gracias a él, los desempleados que no estén cobrando el paro podrán tener una ayuda que en principio era de 420 euros mensuales.
Esta cantidad ha ido aumentando, ya que el importe es del 80% del Indicador Público de Renta de efectos múltiples (IPREM). Hoy es de 430 euros.
La ayuda de 420 euros tiene una duración de al menos 6 meses, dependiendo de las cargas familiares. Durante este periodo de tiempo, el trabajador en paro también forma parte de un plan de inserción laboral. En este participa en una formación que le servirá para conseguir empleo con más facilidad.
Requisitos para solicitar la ayuda PAE
Estos son todos los requisitos establecidos en la actualidad para poder optar por la ayuda de 426 euros:
- Ser un trabajador en paro.
- Tener menos de 65 años de edad.
- Estar inscrito como demandante de empleo y llevar más de 270 días, habiendo hecho la renovación de la demanda en el SOIB cuando tocaba.
- Haber agotado la prestación por desempleo.
- No tener derecho al subsidio o haberlo agotado por su duración máxima.
- Haber agotado el subsidio entre el 1 de enero y el 15 de febrero.
- No recibir rentas mínimas, salarios sociales ni ayudas análogas de asistencia social.
- No recibir pensión ni prestación económica de la Seguridad Social.
- No tener ingresos propios que superen el 75% del salario mínimo
- Llevar más de 1 mes sin cobrar ningún tipo de ayuda.
- Justificar la búsqueda activa de empleo.
- Tener cargas familiares.
- Estar suscrito en el compromiso de actividad y en el compromiso de participar en el itinerario activo de inversión laboral del INEM o SEPE.
- Presentar la solicitud durante los 60 días seguidos al agotamiento del subsidio o la prestación.
Documentación necesaria
En el momento de presentar la solicitud para la ayuda de 420 euros, estos son los documentos que deberás presentar:
- Solicitud oficial para el Programa de Activación de empleo.
- DNI o pasaporte.
- Libro de familia.
- Justificativos de búsqueda activa de empleo.
- Certificado de empresa que acredite la situación de desempleo.
- Justificante de las rentas.
Cómo solicitar la ayuda de 426 euros paso a paso en el SOIB
El proceso para solicitar esta ayuda puedes hacerlo de manera presencial acudiendo a la oficina del SOIB que te toque, para lo cual debes contar con cita previa.
Por otro lado, tienes la opción de hacerlo por correo administrativo.
En ambos casos, el trámite consiste en presentar la documentación necesaria. Para ello, puedes descargar el formulario en Internet desde la página del INEM o SEPE.
Ayuda de 420 euros: preguntas frecuentes
Te mostramos las respuestas a las preguntas más habituales sobre este trámite SOIB.
¿Quién tiene derecho a la ayuda de 426 euros?
En general, todos los trabajadores en paro que cumplan con los requisitos establecidos para otorgar la ayuda. Esto incluye a los mayores de 52 años, así como a quienes están en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
Por otro lado, no pueden solicitarla trabajadores autónomos ni los trabajadores fijos discontinuos que hayan agotado sus prestaciones o subsidios.
¿Qué ayudas puedo pedir si no tengo ingresos?
Actualmente, existen varias ayudas asistenciales o subsidios para quienes están inscritos como demandantes de empleo y tengan carencia de rentas. Cada uno de estos subsidios tienen sus propios requisitos, por lo que puedes solicitarlos según tu situación particular.
Estas son las ayudas disponibles:
–Subsidio por pérdida de empleo o Mini subsidio: Está dirigida a las personas que han perdido el trabajo y no tienen los 360 días de cotización para solicitar la prestación contributiva.
–Subsidio para mayores de 45 años: Pueden solicitarla personas mayores de 45 años que no tengan cargas familiares y ya han agotado la prestación contributiva por desempleo.
–Subsidio para mayores de 52 años: Esta ayuda es para quienes tienen entre 52 y 55 años y cumplen con los requisitos de cotización para optar por la jubilación ordinaria. El subsidio se concede hasta la jubilación.
–Ayuda familiar: Es concedida a trabajadores en paro con responsabilidades familiares, sin rentas y que han agotado la prestación contributiva.
–Subsidio para liberados de prisión: Es la ayuda que pueden pedir los excarcelados que no tengan derecho a otras ayudas y que han cumplido una condena mayor a 6 meses.
–Subsidio para emigrantes retornados: Es para quienes han trabajado en países sin convenio bilateral de desempleo con España o no pertenecen al Espacio Económico Europeo.
–Subsidio por revisión de una incapacidad: se concede a quienes no tienen ingresos y poseen carencia de rentas que por mejoría de una dolencia se les ha retirado la incapacidad permanente.
–Subsidio y renta agraria: Es el subsidio que se dirige a quienes son trabajadores eventuales agrarios en Extremadura o Andalucía.
También existen las ayudas extraordinarias. A estas pueden acudir quienes no cumplen con los requisitos para pedir la prestación contributiva ni los subsidios ordinarios antes descritos. A este respecto, las ayudas extraordinarias disponibles son:
–Renta Activa de Inserción (RAI): Se trata de una ayuda de 463 euros mensuales para quienes tienen dificultades de acceso al mercado laboral. Por ejemplo, víctimas de violencia de género, desempleados con discapacidad, emigrantes retornados y demás.
–Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED): Está dirigido a los desempleados con cargas familiares que no puedan solicitar otros subsidios y han agotado el subsidio ordinario. Esta ayuda de 463 euros mensuales solo se puede pedir una vez.
Estas son todas las ayudas que el gobierno de España ha creado para quienes no tienen ingresos, además de la de 420 euros o PAE. Por lo que si te encuentras en situación de paro, puedes optar por la ayuda de 426 euros (ahora 430) o algunos de los otros subsidios disponibles dependiendo de tu situación particular.
Descubre también cómo puedes mejorar tu situación laboral y profesional:
Hay personas españolas con 55 años que no tienen derecho a ningún tipo de ayuda y no tienen ningún tipo de ingreso como es mi caso. Incomprensible no recordar nuestro pasado nos condenará a repetirlo, sin ninguna duda.
estaba enfermo no pude trabajar